COMPRAS Y CONTRATACIÓN PUBLICA
1. Concepto de contratación pública.
La contratación pública, tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado, para cumplir con algunas de sus obligaciones. Generalmente se ha asociado a la prestación de servicios públicos, a la construcción de obras, etc.
La contratación pública pretende ser una herramienta para integrar criterios ambientales, sociales y éticos en la compra o contratación de obras, bienes o servicios de las administraciones publicas.
2. Diferencia con la contratación privada.
La diferencia entre entre ambas contrataciones radica en que la contratación privada es básicamente un acuerdo formal entre las partes involucradas, donde puede llegar haber flexibilización de términos y condiciones acordadas en común; mientras que en la contratación publica, se entran a competir varios interesados en adquirir la licitación y están sujetas a condiciones establecidas por el Estado o por la Entidad Pública licitadora.
3. Principios de la contratación pública y sus definiciones.
- Transparencia: Se garantiza que las reglas de la contratación sean objetivas, claras, justas y completas, que permitan una participación activa e idónea entre los proponentes.
- Economía: Se deben usar la menor cantidad de recursos, en el desarrollo de las etapas necesarias para el proceso de la contratación, igualmente determinar que dentro del proceso no se debe exceder del presupuesto asignado.
- Responsabilidad: En este término aplican todos los involucrados en el proceso de la contratación, donde cada uno tiene derecho y deber de responder jurídicamente ante la presencia de perjuicios.
- Selección Objetiva: Todos los contratos públicos firmados deben mantener igualdad entre las partes frente a los compromisos firmados, en caso de haber alguna desviación al contrato, debe retornar a su curso normal tomando las medidas necesarias continuando con su objetividad.
- Planeación: Se debe llevar un cronograma de desarrollo y de ejecución tanto para el proceso de contratación como para la presentación de propuestas.
4. Significado de los términos: Inhabilidad, Incompatibilidad, y Conflicto de Intereses.

Inhabilidad. es la incapacidad, ineptitud o circunstancias que impiden a una persona ser elegida o designada en un cargo público y en ciertos casos, impiden el ejercicio del empleo a quienes ya se encuentran vinculados al servicio.

Incompatibilidad. es la imposibilidad de alguna relación o vinculo entre dos o mas elementos, circunstancias, cosas, o personas vinculadas en un proceso de contratación o desarrollo de proyecto.

5. Estructura (Etapas) y documentos del proceso de contratación pública.

El proceso de adquisición de bienes y servicios tiene tres (3) etapas claramente definidas, que se surten en un orden lógico y secuencial.
La primera etapa precontractual, en la que se enmarcan todas aquellas gestiones y actividades necesarias para la correcta planeación, identificación de necesidades, análisis y estudios previos y de sector necesarios para su debida y completa definición.
En esta misma etapa se encuentran todas las gestiones y trámites administrativos necesarios para lograr el fin propuesto, entendido como el contrato estatal, a través del cual se materializa la colaboración de los particulares o de las mismas entidades en la satisfacción del interés general.
La segunda etapa denominada etapa contractual, que está delimitada por el plazo de ejecución
contractual y que se resume en el conjunto de actividades desarrolladas tanto por el contratista como por la Entidad tendientes a lograr el cumplimiento de las estipulaciones contractuales de cara a lograr la satisfacción de las necesidades previamente definidas.
Como última etapa se concibe el periodo poscontractual o etapa de liquidación en la cual las partes,
Entidad y contratista, cuando se trate de contratos con plazo de ejecución diferido o cuando sean de
ejecución instantánea y en estos se estipule la liquidación, tendrán un término en el cual podrán acordar los ajustes, las revisiones, los reconocimientos y transacciones a que hubiere lugar con el fin de poner fin las diferencias que ocasión del contrato surjan.
6. Licitación pública, qué es, cómo funciona y otras modalidades de selección pública que existen.
La ley 80 de 1993 ha sufrido modificaciones importantes con respecto a las modalidades de contratación, esta solo consideraba como modalidad sólo la Licitación o Concurso como regla general y excepcionalmente la contratación directa; ésta norma fue modificada por la Ley 1150 de 2007, la cual establece como modalidades la Licitación Pública, el Concurso de méritos, la Selección Abreviada y la Contratación directa. Esta norma fue reglamentada por el decreto 066 de 2008, el cual fue derogado por el decreto 2474 de 2008 y recientemente se expidió el decreto 0734 de 2012 que derogó los anteriores y quedó como único decreto reglamentario del estatuto de Contratación estatal.

Licitación Pública. Es un proceso participativo por el cual se busca adquirir mejores condiciones de compra convenientes para un determinado proyecto u obra. Se da un concurso entre proveedores, para otorgarse la adquisición o contratación de un bien o servicio requerido por una organización.


El Concurso de méritos. Corresponde a la modalidad prevista para la selección de consultores o proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de precalificación.
De conformidad con las condiciones que señale el reglamento, en desarrollo de estos procesos de selección, las propuestas técnicas o de proyectos podrán ser presentadas en forma anónima ante un jurado plural, impar deliberante y calificado.

Contratación Directa. Esta modalidad de selección se utiliza como regla excepcional y solamente procederá en los siguientes casos:
a) Urgencia manifiesta;
b) Contratación de empréstitos;
c) Contratos interadministrativos, siempre que las obligaciones derivadas de los mismos tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos.
7. Diagrama de flujo estándar de un procedimiento de contratación pública.
8. Garantías y seguros en la contratación pública.
Las garantías son mecanismos de cobertura de los riesgos.
Según el Reglamento se trata del instrumento otorgado por los oferentes o por el contratista de una entidad pública contratante, en favor de esta o en favor de terceros, con el objeto de garantizar los riesgos a que se encuentre expuesta la administración según el contrato.
Conclusiones
Podemos concluir que la contratación pública es una herramienta para integrar criterios ambientales, sociales y éticos en la compra o contratación de obras, bienes o servicios de las administraciones publicas.
Vemos que está regida por principios como la transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva y planeación, que regulan todas las contrataciones ante el Estado y nos da garantías de un proceso legal e íntegro.
Logramos entender las etapas del proceso de la contratación pública, lo que es la licitación pública, su función y las otras modalidades que existen.
Bibliografía
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Ley 80 de 1993 Nivel Nacional. (1993). RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C. Recuperado el 24 de Septiembre del 2018 de
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Qué son y como funcionan las licitaciones. (2016). Constitución de Sociedad, Derecho Comercial, Consultoria General. Recuperado el 23 de Septiembre del 2018 de
https://www.misabogados.com.co/blog/que-son-y-como-funcionan-las-licitaciones
Elaborado por.
Sandra Milena Rodríguez Cabrera